DOSSIER ESPECIAL SOBRE LOS VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS ANUALES 2019 En este dossier especial, ponemos a su alcance, videos, fallos y doctrinas de prestigiosos autores vinculadas al tema bajo análisis
VIDEOS SOBRE VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS 2019
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DOCTRINA
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. ANTICIPOS. SOCIEDADES DE CAPITAL.
HONORARIOS DE DIRECTORES, SOCIOS ADMINISTRADORES Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE VIGILANCIA EN LA LEY DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SEGUNDA PARTE: UNA PERSPECTIVA PRÁCTICA.
LEGISLACIÓN NACIONAL. Sumario: Impuesto sobre los Bienes Personales — Inmuebles destinados a casa-habitación — Naturaleza del importe comprendido en el art. 24 de la ley 23.966 (to. 1997). Comentario: Dictamen 36/2020 (D.N.I.) – Copia oficial. Ver Texto Completo
JURISPRUDENCIA
INFRACCIÓN TRIBUTARIA. Discrepancias con el informe final de inspección y con la instrucción sumarial en relación al motivo del ajuste. Falta de consideración del descargo presentado por el contribuyente. Nulidad de la resolución sancionatoria.
Tribunal Fiscal de la Nación, sala D 30/10/2019 Neopop S.A. s/ Apelación Cita online: AR/JUR/61779/2019 Sumario: La resolución sancionatoria resulta nula, pues de la simple lectura de sus considerandos se advierte que el hecho infraccional que allí se invoca en sustento de la infracción no coincide con el ajuste efectuado por la fiscalización que es el que, además, fue conformado por el contribuyente al presentar la declaración jurada rectificativa con la que se inicia la instrucción sumarial, es decir el ajuste a la declaración jurada presentada en el impuesto a las ganancias del período fiscal 2015 fue por deducción improcedente del impuesto a las Ganancias en el Estado de Resultados del Balance, sin embargo, en el acto administrativo sancionatorio se describe corno infracción la impugnación de gastos por operaciones efectuadas con proveedores presuntamente apócrifos. Ver Texto Completo del Fallo
DEFRAUDACIÓN FISCAL. Sanción aplicada en el impuesto a las ganancias-salidas no documentadas. Falta de expresión de los motivos por los cuales procede la infracción. Revocación de la sanción.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala IV 21/11/2019 JBS Argentina SA c. Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo Cita online: AR/JUR/58642/2019 Sumario: La sanción aplicada en el impuesto a las ganancias –salidas no documentadas debe ser revocada, pues el Fisco sostuvo que la conducta descripta configuraba la infracción de defraudación sin especificar correctamente los motivos por los que se calificaba de ese modo, en especial, si se tiene en cuenta que la “salida no documentada” no constituye por sí misma un ilícito tributario, dado que éste se produce cuando se efectúa una deducción indebida del gasto en el impuesto a las ganancias o se computa incorrectamente un crédito fiscal en el IVA. Ver Texto Completo del Fallo
IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES. Existencia de activos en cuentas bancarias radicadas en el exterior. Cotitularidad con su ex cónyuge. Exteriorización del 100% de los fondos en el marco de la ley 26.860. Revocación de los ajustes fiscales.
Tribunal Fiscal de la Nación, sala D 15/11/2019 Serra, Marcela Cristina s/ Recurso de apelación – Impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales Cita online: AR/JUR/61319/2019 Sumario: La resolución del fisco por la cual se determinó de oficio el impuesto a las ganancias y el impuesto sobre los bienes personales por la existencia de activos que una mujer tenía depositados en una cuenta bancaria radicada en el exterior, de la que reviste carácter de cotitular con su ex cónyuge, debe ser revocada, pues si bien los argumentos del fisco nacional para proceder a reclamar el impuesto a todos los cotitulares y negar la liberación —cfr. Inc. d) del art. 15 de la ley 26.860— reside en brindar un adecuado resguardo al crédito fiscal, lo cierto es que este se encuentra debidamente amparado en razón de que su ex esposo admitió la titularidad del cien por ciento de los fondos depositados y así lo exteriorizó, quedando conformados los cargos referidos a la detección de la cuenta bancaria que no había sido oportunamente declarada. Ver Texto Completo del Fallo
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. Cría de equinos destinados a fines deportivos. Alcances del beneficio tributario de la ley 17.117. Improcedencia de la exención en el impuesto sobre los bienes personales. Método de valuación de la hacienda equina. Remisión normativa a la Ley del Impuesto a las Ganancias. Doctrina de los actos propios. Fallecimiento del contribuyente. Revocación de la multa aplicada.
Tribunal Fiscal de la Nación, sala B 02/09/2019 Novillo Astrada, Javier s/ Recurso de apelación – Impuesto sobre los bienes personales Cita online: AR/JUR/51444/2019 Sumario: El texto de la ley 17.117 es claro en cuanto a la delimitación del alcance de los beneficios otorgados a los criadores de hacienda equina, tanto en lo referido a la circunscripción del objeto de la misma mediante la exclusión de los caballos pura sangre de carrera, como en lo referido a los gravámenes alcanzados, pues las previsiones se encaminan a eximir de los beneficios derivados de la explotación —vale decir, la renta derivada de llevar adelante la actividad— como a la primera venta efectuada en tanto la misma se realice en el mercado interno. Ver Texto Completo del Fallo
RECURSO DE APELACIÓN. “Gratificación por Egreso Compensable”. Rubro no alcanzado por el impuesto a las ganancias. Apelación por parte del fisco nacional. Ausencia de agravio. Rechazo del recurso.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala I 08/10/2019 Portas Esquivel, Juan Pablo c. EN-AFIP-DGI s/ Dirección General Impositiva Cita online: AR/JUR/31389/2019 Hechos: Un trabajador promovió demanda contra la AFIP con el objeto de obtener la devolución de la suma que su ex empleador le retuvo en concepto de impuesto a las ganancias. Alegó que el rubro “Gratificación por Egreso Compensable” no se encontraba alcanzado por el tributo. El juez declaró que ese rubro no estaba sujeto por el impuesto, pero rechazó la devolución por no interponer previamente el reclamo de repetición ante el fisco. Deducido recurso de apelación por el fisco, la Cámara resolvió confirmar la decisión. Sumario: La apelación intentada por el fisco contra la sentencia que declaró que el rubro “Gratificación por Egreso Compensable” no se encontraba alcanzado por el impuesto a las ganancias debe ser rechazada, ante la ausencia de gravamen por parte del apelante, en tanto el a quo receptó el criterio de la Circular (AFIP) 4/2016, cuya aplicación fue invocada por el organismo recaudador y que recoge el precedente “Negri” —15/07/2014, AR/JUR/32382/2014— de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ver Texto Completo del Fallo
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Criterio de vinculación de la renta mundial. Incorporación por la ley 24.073. Alcances de la ley 25.063. Aplicación del precedente “Devoto Solari, Oscar N.”. Residencia en el país. Principio de legalidad. Procedencia del reclamo de repetición.
Tribunal Fiscal de la Nación, sala C 10/10/2019 Chryse S.A. s/ Recurso de apelación – Impuesto a las ganancias Cita online: AR/JUR/61777/2019 Sumario: De conformidad con el criterio expuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Devoto Solari, Oscar N.” —08/06/2010—, con la incorporación por la ley 24.073 del criterio de renta mundial a la legislación de impuesto a las ganancias para el caso de los sujetos residentes en el país, el aspecto subjetivo de la residencia determina la gravabilidad de todas las ganancias del sujeto pasivo, configurando uno de los aspectos constitutivos del hecho imponible. En consecuencia, no pudo ser fijado en cuanto a su alcance antes de la vigencia de la ley 25.063, ni como se expresa en el precedente invocado, por remisión al Código Civil, ni tampoco aplicando por analogía el art. 26 de la propia ley del gravamen. Ello es así, toda vez que, configura uno de los aspectos del hecho imponible que debe ser establecido por el Congreso Nacional por imperativo del principio de legalidad consagrado en la Constitución Nacional. Ver Texto Completo del Fallo
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO. Determinación del impuesto sobre los bienes personales. Regularización de la pretensión fiscal en los términos de la ley 26.860. Pago pendiente respecto de un período fiscal. Incumplimiento de requisitos. Sucesión indivisa. Carácter de sujeto pasivo del impuesto. Plazo durante el cual responde por las deudas.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala IV 04/12/2018 Sucesión de Ricardo Otto Widmer c. Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo Cita online: AR/JUR/76784/2018 Hechos: El Tribunal Fiscal de la Nación tuvo por regularizada la pretensión fiscal respecto de la resolución de la AFIP por la cual se había determinado la obligación de la sucesión de un contribuyente en el impuesto sobre los bienes personales. Además, consideró que la sucesión no intervino en la compra de los CEDINES, sino que fueron los herederos quienes intervinieron. El fisco dedujo recurso de apelación. La Cámara revocó la decisión. Sumario: Si bien las leyes tributarias designan como sujeto pasivo a las sucesiones indivisas, dicho carácter corresponde a las obligaciones tributarias que se devenguen o perciban, según el caso, con posterioridad al fallecimiento del causante y hasta la fecha de la declaratoria de herederos, momento a partir del cual la sucesión deja de actuar como sujeto pasivo del impuesto y las ganancias se distribuyen en la proporción correspondiente a cada heredero hasta la partición, en la que los bienes ingresan al patrimonio de cada uno de ellos. Ver Texto Completo del Fallo
MEDIDAS CAUTELARES. Suspensión del rechazo de la compensación del saldo acreedor en el IVA y en el impuesto a la ganancia mínima presunta con el deudor en el impuesto sobre los bienes personales (acciones y participaciones societarias). Verosimilitud del derecho. Compensación como medio de cancelación de obligaciones tributarias. Aplicación del precedente “Rectificaciones Rivadavia SA” de la Corte Suprema de Justicia. Peligro en la demora.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala I 08/08/2019 Cresud SA Comercial Inmobiliaria Financiera y Agropecuaria c. EN-AFIP-DGI s/ inc. de apelación Cita online: AR/JUR/29643/2019 Hechos: La AFIP rechazó la solicitud efectuada por una sociedad respecto del pago por compensación del impuesto a los bienes personales con los saldos de libre disponibilidad emergentes del IVA. La firma promovió demanda y solicitó, como medida cautelar, que se ordene al organismo recaudador que se abstenga de exigir el pago del tributo. El juez admitió la precautoria. La Cámara confirmó la decisión. Sumario: La medida cautelar solicitada por una sociedad con el objeto de suspender la resolución de la AFIP, que rechazó la compensación del saldo acreedor en el IVA con el deudor en el impuesto sobre los bienes personales —acciones y participaciones societarias—, debe ser admitida, pues se encuentra configurada la verosimilitud del derecho, dado que la compensación es un medio legal de cancelación de obligaciones tributarias y, conforme al precedente “Rectificaciones Rivadavia SA” —12/07/2011, AR/JUR/33448/2011— de la Corte Suprema de Justicia, resulta innegable que las sociedades regidas por la ley 19.550 son las únicas que quedan obligadas frente al fisco por el tributo que les correspondería a sus accionistas o participantes en su capital. Ver Texto Completo del Fallo
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Préstamo financiero otorgado por una empresa holandesa. Impugnación del pasivo. Incremento patrimonial no justificado. Prueba insuficiente para demostrar la realidad de la operación. Documentación legalizada con posterioridad al inicio de la fiscalización.
Tribunal Fiscal de la Nación, sala D 11/11/2019 Inversora Juramento S.A. s/ Apelación Cita online: AR/JUR/61678/2019 Sumario: La determinación del impuesto a las ganancias practicada por el fisco, al calificar como incremento patrimonial no justificado, el importe registrado por una empresa como préstamo financiero otorgado por una sociedad extranjera, e impugnar la deducción de los intereses computados por dicho préstamo, debe ser confirmada, pues la firma contribuyente no demostró la existencia material del pasivo, carga que le correspondía, ya que las pruebas aportadas y rendidas no han sido útiles con dicho propósito, máxime dada la falta de identificación de las personas intervinientes en la instrumentación de las operaciones, sumado a la fecha en que la documentación aportada fue legalizada, posterior al inicio del procedimiento de fiscalización, lo cual les resta validez y fuerza probatoria. Ver Texto Completo del Fallo
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Exención solicitada por una fundación. Art. 20 inc. f) de la ley 20.628. Distribución de utilidades entre sus miembros. Nuevas construcciones en inmuebles de su presidente. Rechazo del beneficio. Presunción de legitimidad.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala I 09/03/2020 Fundación Educativo Arte Terapéutica Especial c. EN – AFIP – DGI s/ Dirección General Impositiva Cita online: AR/JUR/1036/2020 Sumario: El rechazo de la exención solicitada por una fundación en los términos del art. 20 inc. f) de la Ley del Impuesto a las Ganancias debe ser confirmado, pues se advierte que parte de las utilidades de la entidad fueron destinadas a nuevas construcciones en el inmueble de su entonces presidente, lo que constituye un beneficio económico para éste —en la proporción de sus acciones: 80%—, no sólo porque aumentó el valor de su propiedad, sino también porque no implicó contraprestación por el uso de las instalaciones. Ver Texto Completo del Fallo